sábado, 13 de noviembre de 2010

Primer Cap provincial en Sta Fe

Saben que es el primer Consejo Asesor de Pacientes creado en la Provincia de Santa Fe?


¿Saben que podríamos ser también el primer Consejo Asesor de Pacientes Provincial en el Pais?

¿Saben que el Reglamento que nos dimos propone cosas nuevas que no se tenían en cuenta antes?



Por esto les hablaba a las ONGs diciéndoles que no podían ver la oportunidad con la que se encontraban, no establecerse un nuevo reglamento que contemple la situación actual del Trasplantado y los Pacientes en lista de espera es no reconocer hacia dónde evoluciona la temática, en mi humilde opinión(Marcelo)

Son palabras realmente justas y valederas, para un amigo que piensa...por un camino mas prospero, para el Compañero trasplantado.(Marcelo Vega)
El compañero y amigo, nos envia en pdf, el reglamento del Primer CAP(consejo asesor de pacientes), en la ciudad de Santa FE...
Felicitaciones!! porque a traves de Sta Fe, podremos nosotros tambien, como transplantados y argentinos formar el nuestro, en cada  provincia!! Ejemplo, muy valorado, para tenerlo en cuenta...sgte....Ley Provincial 11.264-

Santa Fe, 09 de Noviembre de 2010


LEY PROVINCIAL 11.264

Donación, Ablación e Implante de Órganos

En su Capítulo III crea dentro del ámbito del CUADIO, tres consejos asesores y

dice que serán convocados en la forma y oportunidad que la dirección del

Organismo estime que corresponda.

FUNCIONES:

Dice que llevarán adelante con otras áreas de gobierno, campañas

permanentes o transitorias de información y difusión de los beneficios de la ley

nacional 24.193 y sus modificatorias.

Además deberán coadyuvar al director en las tareas que propenden al mejor

funcionamiento del CUDAIO y de los trasplantes de órganos en general.

CARÁCTER:

Los miembros de los consejos asesores desempeñarán sus funciones con

carácter AD-HONOREM y sus conclusiones o dictámenes tendrán carácter no

vinculante.

Todo esto sin perjuicio de lo que dictamine la LEY 24.193 y sus actualizaciones

por LEY 26.066 y LEY 25.281 hasta el día de la fecha.

De esta lectura obtenemos la intención de una acción estratégica al momento

de difundir y posicionar la temática de Donación de órganos en la sociedad;

creo además que si bien las decisiones de los Consejos Asesores son NOVINCULANTES,

llegará el momento en que sus agendas, sean parte de la

implementación y desarrollo de políticas de estado en este tema.

El tiempo nos ha llevado a lograr esta instancia organizacional que la LEY

PROVINCIAL preveía desde los mismos orígenes del CUDAIO.

Hoy tenemos la oportunidad al ser convocado para su conformación, el Consejo

Asesor de Pacientes de la Provincia de Santa Fe.

Intentamos establecernos
marcelo.o.e.vega@gmail.com>

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